
El contrato de trabajo y sus tipos
El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades mediante el cual una persona con capacidad legal para trabajar (trabajador) se compromete a realizar personal y voluntariamente un trabajo por cuenta ajena, bajo la organización y dirección de otra (empresario), a cambio de una remuneración. En España, más del 85 % de los trabajadores están contratados bajo alguna modalidad de contrato indefinido o temporal, aunque desde la reforma laboral de 2021 el porcentaje de contratos indefinidos ha aumentado notablemente, llegando al 44 % de los contratos firmados en 2023, un récord histórico. Parece que la estabilidad laboral empieza a dejar de ser una leyenda urbana.
En función de la necesidad, existen distintos tipos de contrato:
1. Contratos indefinidos
No se fija una fecha determinada de finalización. Son la joya de la corona del mercado laboral, aunque a veces cueste encontrarlos más que un unicornio en horario de oficina.
Tipos:
- Ordinario: puede ser a jornada completa (40 horas) o parcial (menos de 40 horas). Ejemplo: una empresa de marketing contrata a una diseñadora gráfica a jornada completa para formar parte del equipo de forma permanente. O bien contrata a un community manager a 20 horas semanales porque no acumule responsabilidades suficientes como para ocupar una jornada completa.
- Fijo discontinuo: intermitente en el tiempo y para trabajos estacionales. Ejemplo: camareros que trabajan cada verano en un chiringuito de playa o personal de apoyo en campañas agrícolas. En España, este tipo de contrato ha crecido un 240 % desde 2021, convirtiéndose en la alternativa estrella a los antiguos contratos temporales.
2. Contratos de trabajo temporal
Tienen una fecha determinada de finalización. Aunque la reforma laboral ha limitado su uso, siguen siendo necesarios en situaciones concretas.
Tipos:
- Por circunstancias de la producción:
- Imprevisibles: picos inesperados de producción. Ejemplo: una tienda online recibe un aluvión de pedidos tras viralizarse en TikTok (sí, pasa más de lo que parece). Duración máxima: 6 meses.
- Previsibles: situaciones ocasionales y conocidas, con duración máxima de 90 días al año. Ejemplo: refuerzo de personal en una librería durante la campaña de vuelta al cole.
- Por sustitución de una persona trabajadora: Se utiliza para cubrir bajas temporales. Ejemplo: una administrativa sustituye a otra durante su baja por maternidad. Duración máxima: 3 meses. En España, alrededor del 5 % de los contratos temporales se firman por sustitución.
3. Contratos formativos
Tipos:
- Contratos para la formación en alternancia
Su objetivo es favorecer la inserción laboral y la formación de jóvenes con una edad máxima de 30 años sin cualificación profesional. El trabajador alterna trabajo retribuido con formación en un centro educativo o en la propia empresa y no puedes haber trabajado en la misma empresa en los 6 meses anteriores a la firma del contrato. Un ejemplo podría ser un joven de 19 años trabaja tres días a la semana en un taller mecánico mientras cursa un certificado de profesionalidad. La duración oscila entre 3 meses y 2 años. En 2023, este tipo de contrato representó el 3 % de los contratos firmados, aunque su uso está creciendo gracias al impulso de la FP Dual.
- Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional
Dirigidos a personas con título universitario o de FP pero sin experiencia laboral. Ejemplo: una empresa tecnológica contrata a una recién graduada en ingeniería informática para que adquiera experiencia real en desarrollo de software. Duración: entre 6 meses y 1 año. Al finalizar, se obtiene una certificación de la experiencia adquirida. Un dato curioso es que el 40 % de los jóvenes titulados consigue su primer empleo mediante algún tipo de contrato formativo.
Las relaciones laborales en la empresa
Las relaciones laborales son las actividades que vinculan a la empresa con los trabajadores y trabajadoras a través de sus representantes. En otras palabras: el arte de convivir, negociar y, a veces, sobrevivir en el ecosistema laboral.
En toda empresa existen dos tipos de representación:
- Representación unitaria. Delegados de personal (empresas de 10 a 50 trabajadores) o comité de empresa (más de 50 trabajadores). Representan a todos los trabajadores, estén o no afiliados a un sindicato. Por ejemplo, en una fábrica con 120 empleados, el comité de empresa negocia con la dirección mejoras en los turnos de trabajo.
- Representación sindical. Representan a los trabajadores afiliados a un sindicato concreto. En España, los sindicatos más representativos son CCOO y UGT, que juntos concentran más del 70 % de la representación sindical. Un sindicato es una asociación de trabajadores cuyo objetivo es defender y mejorar sus condiciones laborales. Todos los trabajadores tienen derecho a afiliarse… aunque no todos lo hacen: solo el 14 % de los trabajadores españoles está afiliado a un sindicato.
Conflictos laborales y vías de solución
En cualquier organización pueden surgir conflictos laborales. Cuando aparecen, lo ideal es solucionarlos antes de que alguien empiece a imprimir pancartas. Las vías más utilizadas son:
| Mecanismo | Descripción ampliada |
|---|---|
| Comisiones paritarias | Delegados y dirección buscan un acuerdo. Ejemplo: revisar la interpretación de un artículo del convenio. |
| Mediación | Un intermediario propone una solución. Ejemplo: un mediador del SERLA interviene en un conflicto por horarios. |
| Arbitraje | Un intermediario impone una solución. Ejemplo: decidir si un despido es procedente o no. |
| Conciliación | El intermediario acerca posturas. Ejemplo: antes de ir a juicio por una reclamación salarial. |
Huelga y cierre patronal
Si no hay acuerdo, el trabajador puede ejercer su derecho a huelga (art. 28 de la Constitución). Durante la huelga no se trabaja ni se cobra. En 2023 se registraron más de 500 huelgas en España, afectando a unos 200.000 trabajadores.
El empresario, por su parte, puede recurrir al cierre patronal cuando considere que las instalaciones pueden verse dañadas por revueltas no pacíficas. Durante el cierre, el contrato se suspende y no se remunera.
Negociación colectiva y convenio colectivo
Para evitar conflictos (o al menos reducirlos), existen dos mecanismos clave:
- Negociación colectiva: proceso para acordar condiciones laborales entre trabajadores y empresas.
- Convenio colectivo: resultado escrito de esa negociación. Regula salarios, horarios, permisos, categorías profesionales, etc.
En España existen más de 4.000 convenios colectivos vigentes, que afectan a millones de trabajadores. Es decir, casi todo lo que pasa en una empresa ya está pactado… aunque siempre haya quien diga “esto no lo pone en ningún sitio”.
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